Perder el trabajo

¿Dice algo la Iglesia sobre quedarse sin trabajo?

Estos números no siguen el orden del propio Catecismo. El que responde directamente a la pregunta va primero; no se ha omitido ninguno.
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Es injusto no pagar a los organismos de seguridad social las cotizaciones establecidas por las autoridades legítimas. La privación del trabajo a causa del desempleo es casi siempre para su víctima un atentado contra su dignidad y una amenaza para el equilibrio de la vida. Además del daño personal padecido, de esa privación se derivan riesgos numerosos para su hogar (cf LE 18).

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El trabajo humano procede directamente de personas creadas a imagen de Dios y llamadas a prolongar, unidas y para mutuo beneficio, la obra de la creación dominando la tierra (cf Gn 1, 28; GS 34; CA 31). El trabajo es, por tanto, un deber: “Si alguno no quiere trabajar, que tampoco coma” (2 Ts 3, 10; cf 1 Ts 4, 11). El trabajo honra los dones del Creador y los talentos recibidos. Puede ser también redentor. Soportando el peso del trabajo (cf Gn 3, 14-19), en unión con Jesús, el carpintero de Nazaret y el crucificado del Calvario, el hombre colabora en cierta manera con el Hijo de Dios en su obra redentora. Se muestra como discípulo de Cristo llevando la Cruz cada día, en la actividad que está llamado a realizar (cf LE 27). El trabajo puede ser un medio de santificación y de animación de las realidades terrenas en el espíritu de Cristo.

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En el trabajo, la persona ejerce y aplica una parte de las capacidades inscritas en su naturaleza. El valor primordial del trabajo pertenece al hombre mismo, que es su autor y su destinatario. El trabajo es para el hombre y no el hombre para el trabajo (cf LE 6). Cada cual debe poder sacar del trabajo los medios para sustentar su vida y la de los suyos, y para prestar servicio a la comunidad humana.

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El trabajo es un derecho fundamental y un bien para el hombre: Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 26: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 58 (1966) en vatican.va — PDF escaneado (1966) 1046-1047; Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 9.18: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 73 (1981) en vatican.va — PDF escaneado (1981) 598-600. 622-625; Id., Discurso a la Pontificia Academia de las Ciencias Sociales (25 de abril de 1997), 3: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 90 (1998) en vatican.va — PDF escaneado (1998) 139-140; Id., Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1999, 8: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 91 (1999) en vatican.va — PDF escaneado (1999) 382-383. un bien útil, digno de él, porque es idóneo para expresar y acrecentar la dignidad humana. La Iglesia enseña el valor del trabajo no sólo porque es siempre personal, sino también por el carácter de necesidad. Cf. León XIII, Carta enc. Rerum novarum: Acta Leonis XIII, 11 (1892) 128. El trabajo es necesario para formar y mantener una familia, Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 10: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 73 (1981) en vatican.va — PDF escaneado (1981) 600-602. adquirir el derecho
a la propiedad Cf. León XIII, Carta enc. Rerum novarum: Acta Leonis XIII, 11 (1892) 103; Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 14: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 73 (1981) en vatican.va — PDF escaneado (1981) 612-616; Id., Carta enc. Centesimus annus, 31: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 83 (1991) en vatican.va — PDF escaneado (1991) 831-832. y contribuir al bien común de la familia humana. Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 16: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 73 (1981) en vatican.va — PDF escaneado (1981) 618-620. La consideración de las implicaciones morales que la cuestión del trabajo comporta en la vida social, lleva a la Iglesia a indicar la desocupación como una « verdadera calamidad social », Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 18: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 73 (1981) en vatican.va — PDF escaneado (1981) 623. sobre todo en relación con las jóvenes generaciones.

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El trabajo es un bien de todos, que debe estar disponible para todos aquellos capaces de él. La « plena ocupación » es, por tanto, un objetivo obligado para todo ordenamiento económico orientado a la justicia y al bien común. Una sociedad donde el derecho al trabajo sea anulado o sistemáticamente negado y donde las medidas de política económica no permitan a los trabajadores alcanzar niveles satisfactorios de ocupación, « no puede conseguir su legitimación ética ni la justa paz social ». Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus, 43: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 83 (1991) en vatican.va — PDF escaneado (1991) 848; cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 2433. Una función importante y, por ello, una responsabilidad específica y grave, tienen en este ámbito los « empresarios indirectos », Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 17: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 73 (1981) en vatican.va — PDF escaneado (1981) 620-622. es decir aquellos sujetos —personas o instituciones de diverso tipo— que son capaces de orientar, a nivel nacional o internacional, la política del
trabajo y de la economía.

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La capacidad propulsora de una sociedad orientada hacia el bien común y proyectada hacia el futuro se mide también, y sobre todo, a partir de las perspectivas de trabajo que puede ofrecer. El alto índice de desempleo, la presencia de sistemas de instrucción obsoletos y la persistencia de dificultades para acceder a la formación y al mercado de trabajo constituyen para muchos, sobre todo jóvenes, un grave obstáculo en el camino de la realización humana y profesional. Quien está desempleado o subempleado padece, en efecto, las consecuencias profundamente negativas que esta condición produce en la personalidad y corre el riesgo de quedar al margen de la sociedad y de convertirse en víctima de la exclusión social. Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 2436. Además de a los jóvenes, este drama afecta, por lo general, a las mujeres, a los trabajadores menos especializados, a los minusválidos, a los inmigrantes, a los ex-reclusos, a los analfabetos, personas todas que encuentran mayores dificultades en la búsqueda de una colocación en el mundo del trabajo.

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La conservación del empleo depende cada vez más de las capacidades profesionales. Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 66: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 58 (1966) en vatican.va — PDF escaneado (1966) 1087-1088. El sistema de instrucción y de educación no debe descuidar la formación humana y técnica, necesaria para desarrollar con provecho las tareas requeridas. La necesidad cada vez más difundida de cambiar varias veces de empleo a lo largo de la vida, impone al sistema educativo favorecer la disponibilidad de las personas a una actualización permanente y una reiterada cualifica. Los jóvenes deben aprender a actuar autónomamente, a hacerse capaces de asumir responsablemente la tarea de afrontar con la competencia adecuada los riesgos vinculados a un contexto económico cambiante y frecuentemente imprevisible en sus escenarios de evolución. Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 12: AAS — Acta Apostolicae SedisVolumen 73 (1981) en vatican.va — PDF escaneado (1981) 605-608. Es igualmente indispensable ofrecer ocasiones formativas oportunas a los adultos que buscan una nueva cualificación, así como a los desempleados. En general, la vida laboral de las personas debe encontrar nuevas y concretas formas de apoyo, comenzando precisamente por el sistema formativo, de manera que sea menos difícil atravesar etapas de cambio, de incertidumbre y de precariedad.